3 créditos que pueden generar MILES DE DÓLARES EN reembolsos

1. CRÉDITO TRIBUTARIO POR HIJO

Este crédito fue mejorado solo durante 2021 y representó un salvavidas financiero de $3,000 o $3,600 por cada menor elegible, especialmente para las familias sin ingresos que por ley quedaban por fuera de esta ayuda.

Una parte de ese dinero llegó a las familias del país en cheques mensuales enviados por el IRS entre julio y diciembre. La otra parte deberá ser reclamada en las declaraciones federales con los ingresos de 2021, es decir en esta temporada de taxes 2022.

Ahora bien, si eres elegible al crédito y no te llegaron los cheques mensuales el IRS permitirá que el crédito sea reclamado en su totalidad al presentar tu declaración con los ingresos del 2021 en esta temporada tributaria.

Las personas que habitualmente no tienen que declarar ingresos al IRS porque no tienen un ingreso o porque ese ingreso es bajo y no recibieron los cheques mensuales, también pueden reclamar el crédito por hijo presentando una declaración de impuestos. Aquí te explicamos más.

2. CRÉDITO POR EL CUIDADO DE HIJOS Y DEPENDIENTES

Las personas que gastaron en el cuidado de sus hijos pueden reclamar en esta temporada un crédito de hasta $8,000 al IRS.

Este crédito se calcula con tus ingresos y el porcentaje que gastaste en el cuidado de un hijo o un dependiente calificado para poder ir a trabajar o a estudiar o salir a buscar un empleo. Y fue mejorado únicamente para el 2021 en el último plan de ayudas por la pandemia del covid-19.

Se aumentaron los montos que se pueden reclamar en la declaración de impuestos: hasta $4,000 en el caso de que se reclame por un dependiente calificado y de hasta $8,000 si se pide por dos o más dependientes calificados.

También se eliminó temporalmente el requisito de que el crédito solo aplica si el contribuyente debe dinero al IRS. Esto significa que el crédito en algunos casos será reembolsable este año y algunas personas podrían recibir, si les corresponde, un cheque del IRS. Aquí te explicamos más. 

PUBLICIDAD
3. crÉDITO POR INGRESO POR TRABAJO

Si eres un trabajador con un ingreso bajo o moderado revisa si puedes reclamar en tu declaración de impuestos este crédito federal disponible para contribuyentes con o sin hijos dependientes.

El mismo puede representar un alivio de hasta $1,502 para las personas sin hijos y de hasta $6,728 para familias con tres hijos o más.

EL CRÉDITO POR HIJO Y LAS FAMILIAS CON NÚMEROS ITIN

El contribuyente deberá tener un número de Seguro Social o un número ITIN (número de identificación personal de contribuyente) para poder reclamar el crédito por hijo.

Pero el dependiente es elegible al crédito solo si cuenta con un número de Seguro Social válido para empleo en Estados Unidos.

El que ese número de Seguro Social sea válido para empleo en Estados Unidos es importante porque tiene que ver con el estatus migratorio. Por eso te explicamos qué significa exactamente 'válido para empleo en Estados Unidos':

"Para un niño elegible, un número de Seguro Social es uno que es válido para empleo en Estados Unidos y que fue emitido por la Administración del Seguro Social antes de la fecha límite de tu declaración de impuestos del 2021 (incluyendo extensiones)", dice el IRS.

"Si un individuo era ciudadano estadounidense cuando recibió el número de Seguro Social, entonces ese número es válido para empleo en Estados Unidos. Si la tarjeta de Seguro Social lleva impreso 'no válido para empleo' y el estatus migratorio del individuo ha cambiado y ahora es ciudadano estadounidense o residente permanente, pide a la Administración del Seguro Social una nueva tarjeta".

PUBLICIDAD
EL CRÉDITO POR HIJO Y LAS FAMILIAS CON DACA
Que tu hijo sea beneficiario de DACA no afecta tu elegibilidad al crédito. Si tu hijo tiene un número de Seguro Social válido para empleo en Estados Unidos (puedes revisar arriba qué significa esto) y tú y tu hijo satisfacen todos los otros requerimiento de elegibilidad, son entonces aptos para reclamar este crédito.
PUEDES PEDIR EL TERCER CHEQUE DE ESTÍMULO EN TU DECLARACIÓN

Este 18 de abril también cierra la ventana para que quienes no recibieron el tercer cheque de estímulo de $1,400 o recibieron una cantidad menor a la que le tocaba lo reclamen al IRS.

Si consideras que eres elegible al tercer cheque de estímulo y todavía lo esperas es importante que revises si te llegó la carta 6475 que la agencia envió a fines de enero. Esa notificación detalla si calificas al cheque de ayuda y si debes reclamarlo como un crédito en tu declaración tributaria. También es importante que uses la información de esa carta al momento de llenar y presentar tu declaración.

El IRS ha dicho que si eres elegible al tercer cheque de estímulo y no lo recibiste deberás presentar una declaración de impuestos correspondiente al 2021, incluso si habitualmente no es necesario que lo hagas.

Este puede ser el caso de personas con ingresos bajos. Para ellas, el IRS tendrá disponible herramientas para presentar la declaración de forma gratuita, como por ejemplo el Free-FileAquí hay más información al respecto en español.

Si eres elegible a los $1,400 del tercer cheque de ayuda en su totalidad y solo recibiste una parte, es importante que revises bien la carta 6475. Ella te especificará la cantidad que recibiste para que puedas calcular el monto faltante.

Otro detalle clave es que esta carta solo te dará información sobre el tercer cheque de estímulo, no de los anteriores. Aquí te explicamos más.

PUBLICIDAD
qué documentos debes tener contigo

El IRS recomienda que, antes de sentarse a llenar tu declaración de impuestos, tengas a la mano estos documentos:

🔴  El formulario W-2 de tu empleador.

🔴  Los formularios que demuestren otro tipo de ingresos, si los tuviste, o si por ejemplo trabajaste por cuenta propia. Ahí caen los formularios 1099-K y 1099-Misc, entre otros.

🔴  Los formularios que evidencian tu cobertura de salud, en específico la declaración 1095-A.

🔴  La carta con los pagos del crédito por hijo, que lleva el número 6419.

🔴  La carta sobre el tercer cheque de estímulo, que lleva el número 6475.

SI NO TIENES TODOS ESOS DOCUMENTOS Y NECESITAS MÁS TIEMPO: PIDE UNA PRÓRROGA

Tienes hasta el 18 de abril para pedir una extensión. Pero recuerda que, como advierte el IRS: "Una prórroga para presentar tu declaración no te da una prórroga para pagar tus impuestos".

Por ello debes estimar la cantidad que crees corresponde a tus impuestos y pagarle al IRS este 18 de abril. Luego de esa fecha recibirás una multa.

Si solicitas una extensión de forma apropiada, entonces tendrás hasta el 15 de octubre para presentar tu declaración.